En la campaña Presidencial de 1962, Eduardo Frei Montalva propone
un plan en el cual agruparía a organizaciones socio-comunitarias existentes en
aquella época, como son: Juntas Centrales de Vecinos, Comités Vecinales,
Centros Culturales, Clubes Deportivos, Centros de Madres, Centros Juveniles y
Centros de Padres. Es así que nacerá la Consejería Nacional de Promoción
Popular, instancia orientada a fortalecer la organización social, la
participación comunitaria y la integración de los sectores populares en la vida
pública del país.
Posteriormente,
el 07 de agosto de 1968 se promulga la Ley 16.880 de Juntas de Vecinos y
Organizaciones Comunitarias, otorgándoles estatutos legales y autonomía para su
financiamiento, lo que permitió consolidar la organización territorial y
funcional de los barrios, fortaleciendo la representación vecinal y la
canalización de demandas sociales ante las autoridades.
Actualmente,
la Ley 19.418 establece dos tipos básicos de organizaciones comunitarias: las
territoriales y las funcionales. La primera corresponde a las Juntas de
Vecinos, que son de carácter territorial y representativas de los pobladores
del sector donde se encuentra localizada la Junta Vecinal, cuyo objetivo es
velar por los derechos de los vecinos, promover el bienestar común y colaborar
con las autoridades del Estado en materias de desarrollo comunitario,
seguridad, mejoramiento urbano y convivencia social. Las organizaciones
funcionales, en tanto, responden a intereses específicos de la comunidad, tales
como cultura, deporte, educación, salud y acción social, permitiendo una
participación más diversa de los habitantes del territorio.
La primera
Junta Central de Vecinos se constituyó un 28 de agosto de 1960, llamada Junta
de Vecinos Población San Joaquín. Posteriormente, el 15 de diciembre de 1970 se
aprueban los estatutos de la Junta de Vecinos Nº 4 San Joaquín Poniente de la
comuna de San Miguel. Estos documentos fueron firmados por el Presidente
Salvador Allende Gossen y por José Tohá, ministro del Interior, siendo en marzo
de 1971 ratificados y publicados en el Diario Oficial mediante el oficio Nº
27.883. Este reconocimiento legal consolidó la institucionalidad vecinal del
sector y permitió fortalecer la organización de los pobladores en torno a sus
necesidades comunes.
Cabe resaltar,
que en la población San Joaquín los pobladores en sus comienzos se agrupaban de
forma masiva para elegir a sus representantes vecinales en la ex Escuela Mixta
Nº 30. Sin embargo, para tener voz y voto se debía ser socio, vivir en la
población, ser mayor de edad y presentar la cédula de identidad. De esta manera
se sufragaba por la continuidad de sus dirigentes o la incorporación de un
nuevo representante ante la comunidad, reflejando un fuerte sentido de
participación democrática y organización popular en el territorio.
Después del
golpe de Estado, estas organizaciones territoriales fueron dirigidas por el
Ministerio del Interior. Sobre el mandato de las Juntas de Vecinos se aplicó el
Decreto Ley Nº 349 y, en 1975, fue publicado en el Diario Oficial el Decreto Nº
897, que imposibilitaba a las personas consideradas discapacitadas física y
moralmente a ejercer un cargo público, aplicándose este último a quienes tenían
un pasado político. En este contexto, la autonomía de las organizaciones
vecinales se vio fuertemente restringida, limitando la participación ciudadana
y el desarrollo comunitario independiente.
Los
candidatos a ejercer un cargo dentro de las Juntas de Vecinos eran directamente
asignados por el alcalde de turno y supervisados por el Ministerio del
Interior, lo que significó una pérdida de los mecanismos democráticos de
elección vecinal que habían caracterizado los años anteriores. A pesar de estas
restricciones, la organización comunitaria continuó siendo un espacio de
encuentro, solidaridad y apoyo mutuo entre los pobladores, permitiendo mantener
vivas las redes sociales del barrio y la identidad colectiva de la comunidad.
“Toda la información y fotografías queda a libre
disposición, siempre que se mencione su fuente.”
Directiva año 1990
Presidente: Sr. Carlos Bustamante
Vice-presidente: Sr. Luis E. Muñoz
Secretaria: Sra. Rosa Ugarte R.
Tesorera: Sra.Luz Castillo R.
1º Director: Sr. Julio Aravena F.
Actual Directiva año 2010
Presidenta: Sra. Luz Castillo Rivera.
Secretaria: Sra. Isabel Rosa.
Tesorero: Sr. Leopoldo Sramiento.
1ª Directora: Sra. Uberlinda Rodríguez





